Bases del Programa de Bonos por Volumen para Especialistas
Incentivo promocional voluntario de la plataforma de intermediación de servicios a domicilio Acency
Elaborado bajo perspectiva de derecho del consumidor, derecho del trabajo (independencia del prestador), comercio electrónico y materia fiscal (Régimen de Plataformas Tecnológicas) — Marco jurídico de los Estados Unidos Mexicanos · Versión v1.1 · Última actualización: 25 de agosto de 2026
Bases del Programa de Bonos por Volumen
§0. Identificación del proveedor
En cumplimiento del artículo 76 BIS, fracción III, de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), se informa lo siguiente:
Denominación comercial: Acency (la "Plataforma").
Titular y responsable: ACENCY MX, S.A.S. (RFC AMX260629C59).
Domicilio para oír y recibir notificaciones: Calle Higueras, Manzana 2, Colonia San Francisco Coacalco Sección Hacienda, Coacalco de Berriozábal, Estado de México, C.P. 55712.
Correo general y legal: acency.servicios@acencyservicios.com · Soporte: soporte@acencyservicios.com
Teléfono de atención: +52 55 2244 3381 (exigido por el Art. 76 BIS fr. III LFPC).
§1. Naturaleza jurídica del programa
El Programa de Bonos por Volumen (el "Programa") es un incentivo promocional voluntario mediante el cual Acency entrega al Especialista una cantidad en dinero en función del número de servicios que califican y que completa dentro de un mes natural, conforme a estas Bases.
Es una liberalidad, no una contraprestación El bono es una liberalidad promocional sujeta a reglas: Acency lo entrega porque decide hacerlo, con el objeto de atraer y retener oferta en la Plataforma. No es contraprestación por los servicios que el Especialista presta a sus clientes, no forma parte del precio ni de la retribución pactada por ningún servicio, y no constituye salario, sueldo, comisión, prestación, prima, gratificación laboral ni cualquier otro concepto de naturaleza laboral.
No genera relación laboral ni subordinación La participación en el Programa no crea relación laboral, de subordinación, mandato, comisión mercantil, asociación, sociedad ni empresa conjunta entre el Especialista y Acency. Las metas del Programa son indicativas y voluntarias: el Especialista no está obligado a alcanzarlas, no se le impone jornada, horario, exclusividad ni meta de carácter laboral, y no alcanzar un escalón no tiene consecuencia alguna sobre su cuenta. Lo anterior es congruente con el Acuerdo de Independencia del Prestador y con los Términos y Condiciones.
El Programa no es un sorteo, concurso, rifa ni juego con azar: no interviene la suerte en la obtención del bono, sino el cumplimiento de reglas objetivas y verificables descritas en estas Bases. Por ello no le resultan aplicables las disposiciones sobre promociones con azar de la LFPC ni la normativa de juegos y sorteos.
§2. Definiciones
Especialista: persona física prestadora independiente de servicios, con cuenta verificada y activa en la Plataforma.
Servicio que califica: el pedido que cumple simultáneamente todos los requisitos del §5.
Mes natural: periodo de cómputo del Programa. El conteo se reinicia en cero al inicio de cada mes; los servicios de un mes no se acumulan al siguiente.
Escalón: cada uno de los niveles del Programa, definido por un número de servicios que califican y un importe de bono asociado (§6).
Bolsa mensual: límite económico global del Programa para un mes determinado (§7).
Bono de rescate: incentivo adicional e independiente, descrito en la Política de Reembolsos y Cancelaciones y en la aplicación, que se entrega cuando un servicio que iba a cancelarse se reagenda y se completa. Se suma al bono de escalón y queda igualmente sujeto a estas Bases, incluidos §7, §11 y §12.
§3. Marco normativo aplicable
El Programa se rige, de manera enunciativa y no limitativa, por las siguientes disposiciones de los Estados Unidos Mexicanos:
Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) — Arts. 32 (información y publicidad veraz, comprobable y no engañosa) y 76 BIS (transacciones por medios electrónicos): las condiciones, límites y vigencia del Programa deben ser claras y estar a disposición del interesado antes de participar. Estas Bases cumplen esa función.
Ley Federal del Trabajo (LFT) — en lo relativo a la ausencia de subordinación: el Programa no impone metas laborales ni modifica la naturaleza independiente de la relación (§1).
Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y Resolución Miscelánea Fiscal — Régimen de las Plataformas Tecnológicas — tratamiento fiscal del bono (§9).
Código Fiscal de la Federación (CFF) — obligaciones de comprobación y conservación de información.
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) — tratamiento de los datos del Especialista (§13).
Código de Comercio — comercio electrónico y mensajes de datos.
§4. Quién participa
Participa automáticamente todo Especialista con cuenta activa y verificada. No hay inscripción, cuota ni trámite alguno.
No acumula el Especialista cuya cuenta se encuentre bloqueada, suspendida o restringida al momento del cierre mensual, por cualquiera de las causas previstas en el Acuerdo de Especialistas.
La participación es gratuita y no exige consumo, compra ni pago alguno por parte del Especialista.
§5. Qué servicio cuenta para el bono
Un servicio cuenta para el conteo mensual cuando cumple todos los requisitos siguientes:
Está completado dentro del mes natural correspondiente.
Fue calificado por el cliente con una calificación igual o superior al mínimo señalado en la aplicación.
Su precio base es igual o superior al mínimo señalado en la aplicación.
No fue objeto de reembolso ni de disputa resuelta en contra del Especialista. Si el reembolso o la disputa ocurren después de haberse contado, el servicio se descuenta del conteo.
Fue efectivamente pagado a Acency. Cuando el servicio se cobró en efectivo, cuenta de forma provisional y se consolida únicamente cuando el Especialista ya depositó lo que adeuda del mes; si al cierre no lo ha depositado, ese servicio no se considera para el bono de ese mes.
No proviene de una cuenta de cliente excluida del cómputo por indicios de fraude o colusión, en los términos del §10.
La aplicación muestra al Especialista, servicio por servicio, cuáles cuentan y cuáles no, y por qué.
§6. Escalones e importes
El Programa se organiza en escalones con nombre. Cada escalón exige un número de servicios que califican y tiene asociado un importe de bono.
Solo se entrega el escalón MÁS ALTO alcanzado en el mes. Los escalones no se suman entre sí. El bono de rescate (§2) sí se suma aparte.
El número de servicios y el importe vigentes de cada escalón se muestran íntegramente dentro de la aplicación (Actividad → tarjeta de bonos y Centro de ayuda). Se publican ahí y no en este documento porque son parámetros comerciales que Acency ajusta conforme al §12, y la aplicación siempre refleja el valor vigente.
La aplicación muestra además, para cada escalón, el importe por servicio que representa, de modo que el Especialista pueda valorar el Programa con cifras y no con una promesa.
Por qué existe este Programa El bono no se descuenta de lo que el Especialista cobra por sus servicios ni del precio que paga el cliente: sale del ingreso de Acency. En los escalones más altos el importe del bono es superior a lo que Acency obtiene por intermediar esos mismos servicios, de modo que Acency pierde dinero en ese tramo. Acency lo asume deliberadamente como inversión en atracción y retención de oferta. Esa es también la razón de que exista el límite del §7.
§7. Bolsa mensual y ajuste proporcional
El Programa cuenta con una bolsa mensual: un límite económico global aplicable al conjunto de bonos de un mes, fijado como proporción del ingreso neto de Acency de ese mes.
Si la suma de los bonos calculados de un mes excede la bolsa, los bonos se ajustan a proporción entre todos los Especialistas con bono en ese mes. Nadie queda excluido: todos reciben la misma proporción de lo calculado.
Cuando eso ocurre, Acency informa al Especialista el importe finalmente asignado y el motivo, en la notificación de cierre del mes.
El valor concreto de la bolsa constituye secreto comercial de Acency y no se publica; lo que se declara aquí, de forma expresa y previa, es que existe y que puede reducir el importe calculado.
Por qué se dice esto por adelantado Un bono que se anuncia sin límite y después se reduce es información engañosa (Art. 32 LFPC), aunque la reducción tenga una razón legítima. Por eso el límite se declara antes, tanto en este documento como dentro de la aplicación, y no únicamente al momento del pago.
§8. Cuándo y cómo se paga
El cierre del mes se procesa a partir del día 3 del mes siguiente, para dar margen a que se consoliden los servicios cobrados en efectivo (§5).
Determinado el bono, éste queda en estado "pendiente de pago" y se deposita a la misma cuenta bancaria en la que el Especialista recibe sus pagos. El depósito lo realiza personal de Acency; existe un recordatorio interno semanal para que ningún bono quede olvidado.
El importe que la aplicación muestra durante el mes en curso es un avance estimado: el importe definitivo se determina al cierre, conforme a §5 y §7.
Si el Especialista no tiene registrada una cuenta de cobro válida, el bono permanece pendiente hasta que la registre.
§9. Régimen fiscal del bono
Acency entrega el bono completo: el importe indicado es neto. Acency no practica retención de ISR ni de IVA sobre el bono y no emite comprobante fiscal (CFDI) por ese concepto, por tratarse de un gasto promocional y no de la contraprestación de un servicio prestado a Acency.
El bono constituye un ingreso del Especialista. Su declaración y el cumplimiento de las obligaciones fiscales que de él deriven corren por cuenta del Especialista, quien deberá consultarlo con su contador.
Acency se reserva el derecho de modificar este tratamiento —incluida la práctica de retenciones y la emisión de comprobantes— cuando así lo exija la normativa fiscal aplicable o el criterio de la autoridad, informándolo previamente por los canales oficiales.
§10. Conductas prohibidas y fraude
El Programa premia actividad real y legítima. Acency podrá excluir del cómputo —y, en su caso, revertir el conteo ya acreditado— los servicios que resulten de conducta fraudulenta, colusión o manipulación: servicios simulados, acuerdos entre cliente y Especialista para inflar métricas, calificaciones no genuinas o pagos por fuera de la Plataforma.
Cuando existan indicios razonables de tales conductas, Acency podrá determinar que los pedidos futuros de una cuenta de cliente dejen de contar para el Programa, sin que ello afecte la validez ni el pago de los servicios legítimamente prestados. Estas medidas se aplican de forma objetiva, ante hechos verificables, y no sustituyen las demás facultades de suspensión o terminación previstas en el Acuerdo de Especialistas (cl. 13.6). Los parámetros internos que disparan una revisión no se publican, para no facilitar su elusión.
§11. Ausencia de garantía de ingresos y de volumen de pedidos
Lo más importante de este documento Acency no garantiza al Especialista un volumen de servicios, una frecuencia de asignaciones, una zona de cobertura, un ingreso determinado ni la posibilidad de alcanzar escalón alguno del Programa.
Los pedidos provienen de la demanda real de los clientes y su asignación depende de factores ajenos a la voluntad de Acency: la demanda existente en la zona, la disponibilidad y cobertura declaradas por el propio Especialista, su calificación y los mecanismos de reparto de la Plataforma.
Acency no asume obligación alguna de asignar, generar o dirigir pedidos a ningún Especialista para que éste alcance una meta del Programa. La existencia del Programa no crea tal obligación, ni expresa ni tácitamente.
Los importes que la aplicación muestra durante el mes son estimados y dependen de la actividad real. El Especialista reconoce que el bono es variable e incierto y que puede ser de cero.
Lo anterior es congruente con el Acuerdo de Independencia del Prestador, que ya establece que la Plataforma no garantiza al prestador un volumen de servicios, una frecuencia de asignaciones ni un ingreso determinado.
§12. Modificación, suspensión y terminación del programa
Por tratarse de una liberalidad (§1), Acency puede modificar, suspender o dar por terminado el Programa —total o parcialmente— en cualquier momento y a su entera discreción, incluyendo el número de servicios de cada escalón, los importes, los requisitos del §5 y la bolsa del §7.
Los cambios se comunican por los canales oficiales (la propia aplicación y este documento publicado) con la antelación razonable que corresponda, y surten efectos hacia el futuro.
Derechos adquiridos: los cambios no afectan el bono ya devengado conforme a las reglas vigentes en un mes ya cerrado. Un bono determinado al cierre de un mes se paga conforme a las reglas de ese mes, aunque después se modifique o se termine el Programa.
La terminación del Programa no afecta en modo alguno el pago de los servicios prestados por el Especialista, que se rige por el Acuerdo de Especialistas y por la Política de Pagos y Precios.
Dicho de forma directa Este Programa es un extra que Acency da porque quiere, no algo a lo que esté obligada. Puede retirarlo. Lo que no puede hacer —y estas Bases lo impiden expresamente— es dejar de pagar un bono que ya se ganó conforme a las reglas de un mes cerrado.
§13. Protección de datos personales
El tratamiento de los datos personales del Especialista con motivo del Programa (conteo de servicios, calificaciones asociadas, datos de depósito) se rige por el Aviso de Privacidad de Acency y por la LFPDPPP. El Especialista conserva sus derechos ARCO y la posibilidad de revocar el consentimiento por los medios señalados en dicho Aviso.
§14. Legislación aplicable y solución de controversias
Estas Bases se rigen por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos (§3). Para la interpretación y cumplimiento de las mismas, las partes se someten a los tribunales competentes de Coacalco de Berriozábal, Estado de México, sin perjuicio de los derechos irrenunciables que en su caso correspondan al Especialista conforme a la legislación aplicable.
§15. Contacto
Para dudas, quejas o aclaraciones sobre el Programa: soporte@acencyservicios.com (soporte) y acency.servicios@acencyservicios.com (general y legal), además de los canales dentro de la aplicación.
§16. Vigencia
El Programa es de vigencia indefinida: permanece vigente hasta que Acency lo modifique, suspenda o dé por terminado conforme al §12. La terminación o modificación no afecta los bonos ya devengados en meses cerrados antes de la fecha del aviso (derechos adquiridos).
Fecha de entrada en vigor: a partir de la fecha de publicación de estas Bases. Última actualización: 25 de agosto de 2026. Versión v1.1.
Historial de versiones
Versión
Fecha
Cambio
v1.1
25 de agosto de 2026
Publicación inicial. El Programa existía y se mostraba dentro de la aplicación desde antes, pero carecía de bases publicadas: no había cláusula que declarara su naturaleza de liberalidad, su revocabilidad, la bolsa mensual ni la ausencia de garantía de volumen de pedidos. Este documento las incorpora y sustituye cualquier comunicación previa que sugiriera que el bono era incondicional.